Exoneración de Bienes Inmuebles
La exoneración de bienes inmuebles es un procedimiento que se debe realizar todos los años la persona fisica que tiene un ÚNICO bien Inmuebles todo el país, para proceder a aplicar la disminución de 45 salarios base al valor imponible registrado en la Municipalidad.
Requisitos;
1) Presentar cédula de identidad del propietario VIGENTE. (La cédula "no debe estar vencida")
2) Certificación Índice de Persona del Registro Nacional con menos de un mes de expedida.
3) Declaración de Bienes Inmuebles vigente. Menos a 5 años. (Ley N° 7509, artículo N°16)
4) Estar al día con los tributos municipales. (Ley N°4755, artículos 18 y 18 bis). Puede revisar si tiene deuda con la Municipalidad haciendo click aqui
5) Completar la declaratoria que está al dorso de esta página (Del formulario de exoneracion de bienes inmuebles) que indica no poseer bienes inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional. (Para estos efectos se debe completar el cuadro N° 3 para mayores de edad. El cuadro N°4 cuando son menores de edad). Si la propiedad está sin inscribir o en información posesoria, favor completar el cuadro N°5.